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ONG Justicia Venezolana explicó por qué no todos los militares quedan excluidos de la amnistía (VIDEO)

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Foto, cortesía: X/@LiliaCamejoG

Las directoras de la ONG Justicia Venezolana, detallaron que el artículo 8 del instrumento jurídico sólo deja por fuera a castrenses condenados por rebelión militar, delito que no fue imputado en todos los casos

Desde Justicia Venezolana hicieron público, la mañana de este jueves 26 de febrero, su respaldo a la Ley de Amnistía, aprobada el 19 de febrero por la Asamblea Nacional controlada por el régimen chavista, y de la cual formaron parte en el proceso de consulta pública.

En voz de la doctora Neida Pérez Morillo, abogada y especialista en derecho penal, y directora de esta organización; señalaron como un gran avance en materia de Derechos Humanos.

«Como establece el artículo número dos de esta Ley de Amnistía, en su ordinal dos, en Venezuela apostamos a la promoción de la paz, de la convivencia, de la rectificación y de la reconciliación (…) Que impere la justicia, la equidad y la transparencia», recalcó la profesional del derecho en rueda de prensa.

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Por su parte, la doctora Lilia Camejo Gutiérrez, también directora de Justicia Venezolana y experta en justicia penal militar, señaló de forma enfática que «no es cierto que los presos políticos militares no estén cubiertos dentro de la Ley de Amnistía».

Al ahondar en la materia castrense, Camejo adelantó que el artículo ocho del citado instrumento jurídico, en su numeral 10, establece que los hechos violentos que se suscitaron entre enero hasta abril del 2019, entran dentro del amparo de la amnistía, exceptuando la rebelión militar.

Al respecto, precisó que en el denominado «Caso Cotiza», y en los hechos suscitados el 30 de abril en las adyacencias de La Carlota, ninguno de los involucrados fue acusado, ni condenado por el delito de rebelión militar.

«Nosotros fuimos defensa técnica en ese caso y todos esos oficiales fueron acusados y condenados por el delito de motín, sustracción de efectos pertenecientes a la Fuerza Armada, desobediencia en tiempo de paz», detalló para sostener que fueron absueltos por el delito de traición a la Patria.

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Al recapitular sobre lo acaecido el 30 de abril de 2019 en La Carlota, la máxima portavoz de la ONG Justicia Venezolana recalcó que fueron imputados, acusados y condenados en la jurisdicción especial de terrorismo.

Camejo además ejemplificó el tema de los presos políticos militares que deben salir en libertad con el caso de los Comandantes de los Batallones Blindados del Ejército, sobre quienes dijo que si bien no están dentro de las fechas tipificadas en la Ley de Amnistía, ya cumplieron la pena y todavía no han sido puestos en libertad.

«Dentro de todos estos casos hay mucha gente inocente, y que está siendo condenada con unas penas exorbitantes de 30 años», lamentó Camejo para hacer un llamado en el que ratificó la postura del diputado Jorge Arreaza, jefe chavista de la comisión de seguimiento de la Asamblea Nacional para este tema, quien manifestó que la jurisdicción penal militar debe analizar muchos de estos expedientes.

Tras reiterar su disposición a seguir sumando todos los esfuerzos en procura de la liberación de estos oficiales que puedan ser beneficiarios de la ley y la coyuntura que vive el país en procura de la consolidación de la paz, las voceras de Justicia Venezolana enfatizaron su solidaridad con los familiares y víctimas militares de la violencia política suscitada en el país el pasado 3 de enero.

Video, cortesía: X/@LiliaCamejoG



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