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martes, abril 28, 2026
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Cidh otorgó medidas cautelares a paciente oncológico detenido en El Rodeo II

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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) otorgó medidas cautelares a favor de Pedro Domingo Díaz Díaz, paciente oncológico privado de libertad en el centro penitenciario Rodeo II, al considerar que se encuentra en una situación de gravedad y urgencia que pone en riesgo sus derechos a la vida, integridad personal y salud.

La decisión fue adoptada mediante la Resolución 28/2026, tras evaluar información consistente sobre su diagnóstico de cáncer desarrollado durante su detención, así como afecciones renales preexistentes, y la falta de acceso a atención médica adecuada, oportuna y especializada durante su reclusión.

En ese sentido, la Cidh solicitó al Estado venezolano adoptar medidas urgentes para garantizar atención médica integral, acceso efectivo a tratamientos y condiciones de detención compatibles con estándares internacionales de derechos humanos.

La medida cautelar se sustenta en la obligación internacional del Estado de garantizar la vida y la integridad de las personas bajo su custodia, especialmente cuando se trata de pacientes con enfermedades graves. En estos casos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha reiterado que la privación de libertad no puede traducirse en la suspensión del derecho a la salud ni en la exposición a riesgos irreparables, lo que refuerza la necesidad de intervención urgente en situaciones como la de Pedro Díaz.

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La detención de Pedro Díaz fue una de las tantas registradas en la denominada Operación Trueno, un operativo de seguridad ejecutado en 2022 en varios municipios del estado Guárico, con especial énfasis en Altagracia de Orituco.

Una investigación desarrollada por Defiende Venezuela y difundida de manera colaborativa con la organización InSight Crime documentó al menos 34 casos de presuntas violaciones de derechos humanos durante dicho operativo, incluyendo detenciones arbitrarias, allanamientos sin orden judicial y actos de tortura y tratos crueles.

El informe concluyó que varias de las personas detenidas no tenían vínculos comprobados con estructuras criminales, lo que sugiere patrones de actuación indiscriminada en el marco de operativos de seguridad. Este contexto resulta relevante para la evaluación del caso, en la medida en que permite entender el entorno en el que se produjo la detención y las condiciones iniciales del proceso judicial.

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Estos hechos también han sido objeto de análisis por mecanismos internacionales. En la Opinión 38/2024, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas concluyó que la privación de libertad de Pedro Díaz fue arbitraria y que su proceso judicial ha estado plagado de violaciones a garantías fundamentales, incluyendo el derecho a la defensa, al debido proceso y al acceso a recursos judiciales efectivos.

Asimismo, este organismo solicitó al Estado venezolano la adopción de medidas inmediatas para remediar las violaciones constatadas, incluyendo su liberación, medidas de reparación y la investigación de los hechos denunciados.

En el caso específico de Pedro Díaz, la CIDH advirtió que la atención médica recibida hasta la fecha resulta insuficiente frente a la gravedad de su condición, lo que incrementa el riesgo de un daño irreparable. Esta evaluación se fundamenta en el estándar internacional que exige atención médica especializada y continua para personas privadas de libertad con enfermedades crónicas o terminales, particularmente cuando la evolución clínica depende del acceso oportuno a tratamientos.

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Defiende Venezuela lideró la documentación del caso y la presentación de la solicitud ante el sistema interamericano, aportando información médica y jurídica sobre la situación de riesgo del beneficiario.

“El otorgamiento de estas medidas cautelares confirma la gravedad del estado de salud de Pedro Díaz y la insuficiencia de la atención médica que ha recibido bajo custodia. Conforme a la legislación interna venezolana, en estos casos procede una medida humanitaria que le permita continuar su proceso penal en libertad, a fin de garantizar acceso prioritario a tratamiento especializado. Además, su detención preventiva se ha extendido por cuatro años, en un proceso que ha estado marcado por retrasos y obstáculos que afectan el ejercicio pleno de sus garantías”, señaló Ezequiel Monsalve, coordinador legal de Defiende Venezuela.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos tiene el mandato de promover la observancia y defensa de los derechos humanos en la región, conforme a la Carta de la OEA y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Su competencia respecto a Venezuela fue reafirmada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el pasado 21 de agosto de 2025, en la sentencia de excepciones preliminares Chirinos Salamanca y otros vs Venezuela, un caso también impulsado por Defiende Venezuela.

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La decisión de otorgar esta medida cautelar refuerza la atención internacional sobre las condiciones de detención y el acceso a la salud de personas privadas de libertad en Venezuela, especialmente en casos de enfermedades graves que requieren tratamiento continuo y especializado, así como sobre la necesidad de garantizar que las medidas de privación de libertad no deriven en situaciones incompatibles con la dignidad humana.

NDP

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