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miércoles, marzo 18, 2026
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Red criminal obtuvo 367 mil dólares explotando a mujeres venezolanas en Curazao

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El Ministerio Público de la isla solicita al Tribunal Supremo de los Países Bajos que obligue a los condenados a devolver el dinero que amasaron de forma ilícita

Por cronicasdelcaribe.com

Una pareja condenada por explotar a mujeres venezolanas en un club nocturno de Curazao podría verse obligada a devolver más de 667.000 florines antillanos -cerca de 367 mil dólares-, luego de que el fiscal Rienk Sinnige recomendara al Tribunal Supremo de los Países Bajos mantener la medida de decomiso impuesta previamente por el Tribunal Conjunto de Justicia. La decisión final del Tribunal Supremo está prevista, de manera provisional, para el 26 de mayo de 2026.

Según el resumen oficial divulgado este 17 de marzo por el propio Tribunal Supremo, el caso gira en torno a un matrimonio que administraba un club nocturno en Curazao y que, de acuerdo con la justicia, trasladó ilegalmente a mujeres desde Venezuela para ponerlas a trabajar como “trago girls”.

Las mujeres laboraban sin contrato ni permiso de trabajo, debían pasar largas jornadas incentivando a clientes a consumir bebidas y, en algunos casos, también mantener relaciones sexuales con visitantes. Además, estaban obligadas a alojarse en un hotel cercano vinculado a la operación.

El Tribunal Conjunto ya había condenado a la pareja en la causa penal por coautoría en trata de personas, tráfico de migrantes y empleo ilegal de extranjeras, imponiéndoles cuatro años de prisión. Esa condena penal, de acuerdo con la información oficial del Tribunal Supremo, ya es definitiva.

En el procedimiento separado sobre beneficios obtenidos de forma ilícita, el tribunal ordenó además el pago de 667.241 florines, suma que el Ministerio Público considera producto de la explotación y de otras actividades delictivas relacionadas.

Por dinero

La defensa recurrió en casación para intentar anular esa orden de decomiso. En el sistema neerlandés, la casación no reabre el juicio sobre los hechos ni vuelve a valorar la prueba como una tercera instancia, sino que examina si el tribunal inferior aplicó correctamente la ley, respetó las reglas procesales y motivó suficientemente su decisión.

Por eso, el debate ante el Tribunal Supremo no se centra en rehacer el caso, sino en determinar si la sentencia del tribunal fue jurídicamente sostenible.

Entre los argumentos de la defensa figuraba la queja de que el tribunal habría calculado ganancias sobre más víctimas de las expresamente identificadas en la condena y sobre un período más largo del que quedó probado en la causa penal.

Sin embargo, el fiscal concluyó que esos reclamos no prosperarán. Según su análisis, la propia condena penal ya incluía referencias a “otras personas”, además de las mujeres nombradas individualmente, lo que permitía al tribunal considerar un grupo más amplio de víctimas al estimar el beneficio obtenido.

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